Hurto y robo: ¿cuál es la diferencia entre ambos delitos?
Las palabras hurto y robo se utilizan habitualmente como sinónimos. Sin embargo, son dos delitos diferentes y con distinto significado jurídico. En el artículo de hoy te explicamos en qué se diferencian exactamente ambos tipos penales.
¿Qué diferencia hay entre hurto y robo?
La principal diferencia que existe entre el hurto y el robo es el uso de la violencia. Un hurto consiste en sustraer un bien ajeno sin emplear fuerza, violencia o intimidación, como llevarse artículos de una tienda sin pagar o quitarle la cartera a un extraño en el transporte público. Por el contrario, un robo es la apropiación de bienes ajenos utilizando la fuerza, la violencia o la intimidación.
¿Cuántos delitos de robo existen en nuestro país?
Según el tipo de violencia ejercida, a nivel penal existen dos delitos de robo diferentes:
- Robos con fuerza. Se caracteriza por el uso de la fuerza sobre las cosas para acceder a los bienes que quieren ser sustraídos mediante medios como: la apertura forzosa de puertas y ventanas, la destrucción de paredes o la inhibición de señales de alarma. Estos delitos se castigan con penas que oscilan entre 1 y 3 años de prisión, pero pueden ascender hasta los 5 años si se cometen en una casa habitada.
- Robos con violencia o intimidación. Estos robos se cometen cuando se emplea violencia o intimidación sobre las personas, ya sea física o verbal, para apoderarse de bienes ajenos. Suelen castigarse con penas de entre 3 y 5 años de prisión, que también pueden aumentar hasta los 5 años si se producen en viviendas habitadas.
Tipos de hurto según el Código Penal español
El Código Penal de nuestro país establece diferentes penas para los hurtos en función del valor de los bienes sustraídos y la gravedad de las circunstancias en que se produzca el delito. Si el valor del hurto no supera los 400 euros, será considerado como leve y penado con una multa de entre 1 y 3 meses. En cambio, si el bien sustraído supera los 400 euros, será castigado con penas de prisión de entre 6 y 28 meses. La pena puede alcanzar de 1 a 3 años de prisión si se produce alguno de estos nueve supuestos:
- Se sustraen bienes de valor artístico, histórico, cultural o científico.
- Los productos que se hurtan son de primera necesidad.
- Se trata de cableado, conducciones u otras cosas destinadas a la prestación de servicios de interés general.
- Se sustraen productos agrarios, ganaderos o instrumentos utilizados para su obtención en explotaciones agrícolas o ganaderas.
- El hurto reviste de especial gravedad.
- El delito pone a la víctima o a su familia en grave situación económica o se realiza abusando de sus circunstancias personales.
- Se utiliza a personas menores de 16 años para realizar el delito.
- El culpable ya ha sido condenado por tres o más delitos de la misma naturaleza.
- El delincuente participa en el hurto como miembro de una organización o grupo criminal.
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